IGP

Indicación Geográfica Protegida: ¿en qué se diferencia de la D.O.P.?

En el mercado podemos encontrar una amplia variedad de productos agroalimentarios procedentes de diversas localizaciones geográficas. En ocasiones, esto puede llevar a la competencia desleal.

Por eso desde la Unión Europea se han regulado etiquetas como la Indicación Geográfica Protegida o la Denominación de Origen Protegida, que pretenden salvaguardar aquellos productos agrícolas y alimenticios con unos atributos de calidad excepcional.

Sellos de calidad para diferentes productos

En su afán por proteger y defender la unicidad de los productos de gran calidad, la Unión Europea sigue una política de calidad que busca preservar las denominaciones de aquellos productos cuyas características propias están vinculadas a su origen geográfico o al saber hacer tradicional.

Existen regímenes de calidad diferenciada:

  • Vinculados a su origen geógrafico. Las características o reputación de los productos están vinculadas a un origen geográfico. Se distinguen tres tipos de producto (vinos, productos agroalimentarios y bebidas espirituosas), y dos instrumentos de protección: las Denominaciones de Origen Protegida (D.O.P.) y las Indicaciones Geográficas Protegidas (I.G.P.).
  • Derivados del método utilizado para su producción y/o elaboración. Las características específicas de estos productos no proceden del origen sino del método de elaboración, como ocurre con el jamón serrano. Están amparados bajo la etiqueta Especialidades Tradicionales Garantizadas (E.G.T.), y en ella podemos encontrar productos I.G.P. o D.O.P.
  • Relacionados con el respeto al medio ambiente. Son aquellos productos cuyo sistema de producción es repetuoso con el medio ambiente. Están catalogados como Producción Ecológica y la Producción Integrada.

Para garantizar la homogeneidad de los productos y llevar un control de los mismos, existe un registro de productos que han recibido un reconocimiento, y en el cual también se incluye información sobre las especificaciones geográficas y los pliegos con las condiciones de cada producto.

Además, han sido reconocidas como propiedad intelectual, por lo que tienen un papel cada vez más importante en las negociaciones comerciales de la Unión Europa con otros países.

¿Qué es la Indicación Geográfica Protegida (IGP)?

La Indicación Geográfica Protegida es una etiqueta que ampara ciertos alimentos cuyas cualidades derivan de su origen, pero tiene un vínculo menos fuerte que la DOP: basta con que una de las fases de producción, transformación o elaboración tenga lugar en esa zona geográfica. Por ejemplo, el jamón Westfälischer Knochenschinken IGP se produce en Westfalia mediante técnicas históricas, pero la carne utilizada no procede exclusivamente de animales nacidos y criados en esa región específica de Alemania.

Este tipo de denominaciones supone un reconocimiento a la calidad de los productos al tiempo que ayuda a que los prodcutores comercialicen sus productos.

Los nombres de los productos registrados como I.G.P. están protegidos contra las limitaciones y los abusos dentro de la UE y en aquellos países extracomunitarios con los que se haya firmado un acuerdo.

DOP e IGP: ¿son lo mismo?

Ambas certificaciones sirven para identificar y diferenciar aquellos alimentos con unas características especiales.

Dentro de la normativa europea del 20 de marzo de 2006, cada país debe establecer sus propios controles y supervisiones oficiales.

Similitudes

Ambas indican que un producto es originario de un determinado lugar, y que existe una relación de causa-efecto entre las características del producto y la geografía de la zona.

Diferencias

Sin embargo, existen sutiles diferencias:

  • En el caso de los productos con D.O.P., las fases de producción deben realizarse en una zona geográfica delimitada. Sin embargo, en productos con I.G.P., basta con que una de las fases, generalmente la de origen, tenga lugar en dicha zona. Por esto se dice que las exigencias para estas últimas son menores.
  • En el producto con Denominación de Origen Protegida, las características del producto se deben fundamental o exclusivamente a la geografía, mientras que en el caso de la Indicación Geográfica Protegida, solamente se debe una cualidad, una reputación o una característica al territorio.
  • Además, en las D.O.P., se tienen en cuenta otros factores naturales y humanos.

No obstante, las dos figuras son muy distintas, y no hay una mejor que otra.

AOVEs con Indicación Geográfica Protegida

A diferencia de lo que ocurre con los Aceites de Oliva Virgen Extra con D.O.P., en mayo del año pasado, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la inclusión de la I.G.P. Aceite de Jaén, la primera de España en recibir este marchamo. Bajo esta etiqueta se amparan productos elaborados en la provincia andaluza, principalmente de la variedad picual, que abarca gran parte de la superficie.

Se trata, sin duda, de una buena noticia para el sector oleícola, que marcará un antes y un después en la comercialización de los AOVEs.

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